viernes, 9 de mayo de 2025

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA PERSONAS EMPRENEDORAS Y PYMES EN APOYO AL INICIO Y LA CONSOLIDACIÓN DE SU PROYECTO EMPRESARIAL, EJERCICIO 2025. EMPYME 2025.

 



Se ha publicado la RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2025, por la que se efectúa la convocatoria de subvenciones para personas emprendedoras y pymes en apoyo al inicio y la consolidación de su proyecto empresarial, para el ejercicio 2025. EMPYME 2025, por un importe inicial máximo de 1.962.339,69 euros.


Beneficiarios y requisitos

    - Persona emprendedora, entendiendo como tal a las personas físicas (empresarios individuales), o pyme con personalidad jurídica propia, que han emprendido en los últimos cinco años una actividad económica o productiva que ofrezca una ventaja competitiva.
       - Tener su domicilio social en la Comunitat Valenciana.
       - Que el proyecto empresarial esté relacionado con algún sector de actividad en auge que ofrezca oportunidades de futuro. A los efectos de esta convocatoria, se consideran actividades en auge:
              – Transporte, movilidad sostenible y logística
              –  Ciberseguridad, servicios digitales, tecnológicos e inteligencia artificial
              – Medioambiente, desarrollo sostenible, economía circular y energías renovables
              – Agrario y alimentario
              – Mundo rural y Smart cities
              – Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento
              – Turismo y hostelería
              – Servicios financieros e inmobiliarios
              – Deporte, salud, bienestar y estética
              – Economía de los cuidados
              – Sector aeroespacial
              – Educación
            Asimismo, previa justificación, se podrá tener en consideración otro sector en auge.


Actuaciones subvencionables
      - Gastos corrientes derivados del inicio y de la consolidación de su proyecto empresarial. Las ayudas no podrán destinarse a inversiones ni a adquisiciones patrimoniales.
     - El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto empresarial será de 5.000 euros, IVA excluido.


 Plazo de realización de las actuaciones subvencionables
          Son subvencionables las actuaciones desarrolladas entre el 1 de junio de 2024 y el 30 de abril de 2025


Plazo de presentación de instancias
         El plazo de presentación de las solicitudes y de la cuenta justificativa será desde el 12 de mayo de 2025 hasta el 12 de junio de 2025, ambos días incluidos.